Inhabitabilidad y pérdida de alquileres

Ser garantiza la pérdida de ingresos o los desembolsos ocasionados por la inhabitabilidad de la vivienda asegurada como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza.

La garantía se extiende hasta que la vivienda pueda ser nuevamente habitada y como MÁXIMO POR UN AÑO de duración; distinguiéndose las siguientes situaciones dependiendo de si el Asegurado es, respecto de la vivienda:

OCUPANTE y PROPIETARIO:

  • Si está Asegurado el CONTINENTE: Se garantiza la renta que corresponda al alquiler de una vivienda de parecidas características a la siniestrada.
  • Si está Asegurado el CONTENIDO: Se garantizan los gastos de traslado del ajuar doméstico y mobiliario.

PROPIETARIO:

Si está Asegurado el CONTINENTE: Se garantiza la renta legal que estuviera percibiendo en el momento de ocurrir el siniestro.

OCUPANTE o INQUILINO :

Si está Asegurado el CONTENIDO: Se garantiza la diferencia en más entre el alquiler de una vivienda de similares características y el alquiler de la vivienda asegurada, así como los gastos de traslado del ajuar doméstico y mobiliario.

 

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